Registro Unico de Proponentes

 

Señor Proveedor, 
Segun la Directiva Presidencial Nº7 del 6 de Octubre de 2009, La Sección de Bienes y Suministros, se permite recodarles estar inscritos en el Registro Unico de Proponentes, el cual es un requisito para contratar con el Estado, asi mismo se les recuerda el plazo establecido segun el articulo 1 del Decreto 3083 de 2009 para realizar el tramite ante la Camara de Comercio.

Por: aurali

2 anexo(s)

Acta Presidencial N°7(pag 1)

Acta Presidencial N°7(pag 2)

Última actualización: Martes, Julio 26, 2011 9:36 AM