Número: 34
Descripción:
Tendrá derecho a gozar de la Prima Técnica el SECRETARIO GENERAL de la universidad, siempre y cuando acredite título de estudios de formación avanzada y experiencia altamente calificada en el ejercicio profesional,en áreas relacionadas con las funciones propias del cargo, durante untérmino no menor de tres (3) años.
Expedido por: CONSEJO SUPERIOR
Sección: Otros
Fecha Expedición: 30 de Octubre, del 1992
Documento Adjunto: ACS 34 DE 1992.pdf