Número: 24
Descripción:
Tendrán derecho a disfrutar temporalmente de una Prima Técnica los docentes de la Institución quienes en la evaluación de que trata el articulo 27 y siguientes del Acuerdo No. 0034 de 1988, del Consejo Superior, denominado Reglamento del Personal Docente, hubieren adquirido una calificación de Bueno o Excelente.
DEROGADO MEDIANTE ACUERDO 6 SE DEROGAN UNOS ACUERDOS
Expedido por: CONSEJO SUPERIOR
Sección: Otros
Fecha Expedición: 29 de Noviembre, del 1991
Documento Adjunto: ACS 24 año 1991.pdf