TÍTULO QUINTO: DE LOS ESTUDIANTES DEL INTERNADO ROTATORIO EN EL PROGRAMA DE MEDICINA

CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 208o.:

Los estudiantes de internado deben ser seleccionados por el Coordinador de Internado y aprobados por el Consejo de Facultad de Medicina.

Para la escogencia se tendrán en cuenta el número de cupos establecidos en el Comité Coordinador Docente Asistencial (CECODA)

ARTÍCULO 209o.:

El Decano enviará el resultado al Centro de Registro y Control Académico para que el estudiante realice los trámites de matrícula

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