Acuerdo Nº28
De 16 de diciembre de 2003
Por medio del cual se aprueba el Reglamento Estudiantil
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PEREIRA, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y,
CONSIDERANDO:
Que en reunión celebrada el día 16 de diciembre de 2003, se aprobó el Reglamento Estudiantil para la Universidad,
ACUERDA:
MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 15 DEL 19 DE JUNIO DE 2012 POR MEDIO DEL CUAL SE REFORMA EL REGLAMENTO ESTUDIANTIL
Una vez obtenidas las calificaciones definitivas se procederá a sacar en cada período el promedio semestral multiplicando la nota de cada asignatura por el número de créditos y dividiendo por el total de créditos cursados.
El promedio de grado es el promedio ponderado de todas las asignaturas cursadas y aprobadas.
El promedio de grado de los estudiantes con título de tecnólogo que se hayan matriculado en programas de profesionalización en esta Universidad, será el promedio ponderado producto de las calificaciones obtenidas durante el desarrollo de la tecnología y las calificaciones obtenidas en la profesionalización.
Los proyectos y trabajos de grado se evaluarán con las siguientes menciones: REPROBADO, APROBADO, SOBRESALIENTE Y LAUREADO, de acuerdo con reglamentación expedida por el Consejo Académico. MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 34 DEL 14 DE AGOSTO DE 2007 POR MEDIO DEL CUAL SE REFORMA EL REGLAMENTO ESTUDIANTIL Y EL ACUERDO 25 DE 2005, REGLAMENTARIO DE LOS TRABAJOS DE GRADO
Si la mención es REPROBADO el proyecto o trabajo de grado se deberá corregir o presentar uno nuevo, de acuerdo con la reglamentación existente.
Los trabajos de grado, en pregrado y posgrado, serán objeto de reglamentación por la Universidad.
En la sustentación de los trabajos de grado, reglamentados mediante Acuerdo 15 de 2006, podrán aceptarse sustentaciones a través de videoconferencias” en tiempo real. ADICIONADO MEDIANTE ACUERDO No. 54 DEL 07 DE OCTUBRE DE 2008 POR MEDIO DEL CUAL SE REFORMA EL REGLAMENTO ESTUDIANTIL