Acuerdo Nº28
De 16 de diciembre de 2003
Por medio del cual se aprueba el Reglamento Estudiantil
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PEREIRA, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y,
CONSIDERANDO:
Que en reunión celebrada el día 16 de diciembre de 2003, se aprobó el Reglamento Estudiantil para la Universidad,
ACUERDA:
Bajo esta modalidad sólo se podrán realizar hasta dos (2) cursos dirigidos.
El curso dirigido se desarrolla bajo la tutoría de uno o más profesores designados por el Decano, previa disponibilidad del profesor y tendrá todos los efectos académicos de los cursos regulares.
El Centro de Registro y Control Académico certificará que el estudiante reúne los requisitos exigidos.
El Decano debe reportar la nota al Centro de Registro y Control Académico.
DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO
En armonía con los principios generales del presente Reglamento el régimen disciplinario está orientado a prevenir y corregir conductas contrarias a la vida institucional. En la interpretación y aplicación del régimen disciplinario prevalecerán los principios rectores que determinan la Constitución Política, las leyes, las normas del Código Penal y del procedimiento penal y los establecidos en el presente acuerdo. MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 48 DEL 05 DE DICIEMBRE DE 2006 POR MEDIO DEL CUAL SE REFORMA PARCIALMENTE EL REGLAMENTO ESTUDIANTIL
Son conductas contrarias a la vida institucional aquellas que atentan contra el orden académico, contra la Ley y reglamentos de la Universidad.