Acuerdo Nº28

De 16 de diciembre de 2003

Por medio del cual se aprueba el Reglamento Estudiantil

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PEREIRA, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y,

CONSIDERANDO:

Que en reunión celebrada el día 16 de diciembre de 2003, se aprobó el Reglamento Estudiantil para la Universidad,

ACUERDA:

Reglamento Estudiantil

ARTÍCULO 106o.:

Bajo esta modalidad sólo se podrán realizar hasta dos (2) cursos dirigidos.

ARTÍCULO 107o.:

El curso dirigido se desarrolla bajo la tutoría de uno o más profesores designados por el Decano, previa disponibilidad del profesor y tendrá todos los efectos académicos de los cursos regulares.

ARTÍCULO 108o.:

El Centro de Registro y Control Académico certificará que el estudiante reúne los requisitos exigidos.

ARTÍCULO 109o.:

El Decano debe reportar la nota al Centro de Registro y Control Académico.

CAPÍTULO XI

DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO

ARTÍCULO 110o.:

En armonía con los principios generales del presente Reglamento el régimen disciplinario está orientado a prevenir y corregir conductas contrarias a la vida institucional. En la interpretación y aplicación del régimen disciplinario prevalecerán los principios rectores que determinan la Constitución Política, las leyes, las normas del Código Penal y del procedimiento penal y los establecidos en el presente acuerdo. MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 48 DEL 05 DE DICIEMBRE DE 2006 POR MEDIO DEL CUAL SE REFORMA PARCIALMENTE EL REGLAMENTO ESTUDIANTIL

Son conductas contrarias a la vida institucional aquellas que atentan contra el orden académico, contra la Ley y reglamentos de la Universidad.

Teléfono: Contacto: @utp.edu.co
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