Acuerdo Nº28
De 16 de diciembre de 2003
Por medio del cual se aprueba el Reglamento Estudiantil
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PEREIRA, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y,
CONSIDERANDO:
Que en reunión celebrada el día 16 de diciembre de 2003, se aprobó el Reglamento Estudiantil para la Universidad,
ACUERDA:
DE LOS MECANISMOS DE SELECCIÓN Y ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES
De acuerdo con la naturaleza del programa la Universidad asignará, a través de los Consejos de Facultad, los puntajes a los criterios de selección, que haya recomendado el Comité Curricular MODIFICACIÓN MEDIANTE ACUERDO No. 15 DEL 06 DE JULIO DE 2006 POR MEDIO DEL CUAL SE REESTRUCTURA EL REGLAMENTO DE LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO Y DE LOS RESPECTIVOS TRABAJOS DE GRADO
Los estudiantes admitidos al programa, serán los aspirantes de mayor puntaje, de acuerdo con la disponibilidad de cupos.
Luego de la publicación de los resultados el aspirante no admitido tiene 5 días hábiles para el recurso de reposición ante el Consejo de Facultad respectivo ADICIÓN MEDIANTE ACUERDO No. 15 DEL 06 DE JULIO DE 2006 POR MEDIO DEL CUAL SE REESTRUCTURA EL REGLAMENTO DE LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO Y DE LOS RESPECTIVOS TRABAJOS DE GRADO
El Consejo de Facultad podrá autorizar la admisión extemporánea, previa solicitud sustentada presentada por el Comité Curricular ADICIÓN MEDIANTE ACUERDO No. 15 DEL 06 DE JULIO DE 2006 POR MEDIO DEL CUAL SE REESTRUCTURA EL REGLAMENTO DE LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO Y DE LOS RESPECTIVOS TRABAJOS DE GRADO
DE LA MATRÍCULA
La matricula es el acto personal que cumple todo aspirante admitido o estudiante, cada período académico ante el Centro de Registro y Control Académico mediante el cual se considerará estudiante de postgrado en la Universidad. Durante la permanencia, el estudiante deberá cumplir todos los reglamentos y disposiciones vigentes de la institución. MODIFICACIÓN MEDIANTE ACUERDO No. 15 DEL 06 DE JULIO DE 2006 POR MEDIO DEL CUAL SE REESTRUCTURA EL REGLAMENTO DE LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO Y DE LOS RESPECTIVOS TRABAJOS DE GRADO
En caso de repetición de asignaturas, cursos, seminarios, módulos u otra de las modalidades utilizadas, el estudiante deberá matricularla, en forma independiente y al costo que el Consejo de Facultad fije, previa recomendación del Comité Curricular. MODIFICACIÓN MEDIANTE ACUERDO No. 15 DEL 06 DE JULIO DE 2006 POR MEDIO DEL CUAL SE REESTRUCTURA EL REGLAMENTO DE LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO Y DE LOS RESPECTIVOS TRABAJOS DE GRADO
La matrícula se debe efectuar dentro de los términos que fije la Universidad. Pasado este término no se autorizará el ingreso de ningún alumno, salvo hechos de fuerza mayor o caso fortuito, que estudiará y autorizará el Vicerrector Académico, de acuerdo con las normas de la Universidad.
Podrá hacerse matrícula extemporánea si el tiempo para ésta no excede la mitad del periodo respectivo, previo visto bueno del Director del programa ADICIÓN MEDIANTE ACUERDO No. 15 DEL 06 DE JULIO DE 2006 POR MEDIO DEL CUAL SE REESTRUCTURA EL REGLAMENTO DE LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO Y DE LOS RESPECTIVOS TRABAJOS DE GRADO
En el momento de la matrícula académica el estudiante admitido deberá presentar ante el Centro de Registro y Control Académico los siguientes documentos: MODIFICACIÓN MEDIANTE ACUERDO No. 15 DEL 06 DE JULIO DE 2006 POR MEDIO DEL CUAL SE REESTRUCTURA EL REGLAMENTO DE LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO Y DE LOS RESPECTIVOS TRABAJOS DE GRADO
Si el admitido es extranjero deberá anexar en su documentación la visa vigente de estudiante. ADICIÓN MEDIANTE ACUERDO No. 15 DEL 06 DE JULIO DE 2006 POR MEDIO DEL CUAL SE REESTRUCTURA EL REGLAMENTO DE LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO Y DE LOS RESPECTIVOS TRABAJOS DE GRADO
Los egresados de la Universidad Tecnológica de Pereira que sean admitidos en un programa de postgrado no requieren aportar los documentos que reposen en Registro y Control Académico ADICIÓN MEDIANTE ACUERDO No. 15 DEL 06 DE JULIO DE 2006 POR MEDIO DEL CUAL SE REESTRUCTURA EL REGLAMENTO DE LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO Y DE LOS RESPECTIVOS TRABAJOS DE GRADO