Capacitación Administrativa

COMITÉ DE CAPACITACIÓN ADMINISTRATIVA:

El Comité de Capacitación, opera desde la funcionabilidad administrativa, respondiendo al proceso de Modernización Administrativa.

Tiene como objetivo, optimizar los recursos asignados al programa de capacitación para el personal administrativo, de acuerdo con directrices y lineamientos que permitan estudiar las necesidades requeridas por los distintos colaboradores.

Resolución de Rectoría 1968 de 2010, por medio de la cual se define los integrantes y las funciones del Comité de Capacitación Administrativa, modificando la Resolución de Rectoría 2593 de 2004.

Resolución de Rectoría 4479 de 2022, por medio de la cual se designa la Representante de los Empleados Administrativos y Trabajadores Oficiales ante el Comité de Capacitación Administrativa, por el término de dos (2) años.

Procedimiento 131-CA-03, Gestión y Seguimiento a la Capacitación Administrativa, objetivo: Realizar el seguimiento y control al presupuesto institucional establecido para la capacitación administrativa en cada vigencia.

DIRECTRICES Y LINEAMIENTOS:

Resolución de Vicerrectoría Administrativa y Financiera 286 de 2020por medio de la cual se establecen las directrices y lineamientos para la aprobación de solicitudes y necesidades de capacitación administrativa.

Estatuto Personal Administrativo Capítulo VIII: De la Capacitación, Artículos 75 al 86.

Concepto Jurídico 2007 sobre la capacitación de empleados transitorio

SOLICITUDES:

Para realizar solicitudes, debe tener en cuenta:

  • El colaborador deberá tener una antigüedad no menor de un (1) año continuo en la institución.
  • La aprobación de la solicitud estará sujeta a la participación del colaborador en las diferentes actividades de capacitación, inducción y reinducción programadas por Gestión del Talento Humano.
  • El apoyo económico solo se brindará a un solo colaborador por área y por evento, lo anterior se hace necesario para dar cumplimiento a las políticas institucionales de austeridad en el gasto.
  • En el caso de que el colaborador se retire, no asista o no apruebe el programa, deberá reintegrar a la Universidad el valor de la inscripción y los costos asociados a la solicitud aprobada.
  • Las solicitudes de capacitación para asistir a Congresos, Encuentros y Foros, no son autorizados por parte del Comité de Capacitación, en atención a que esta línea no hace parte del interés institucional. 
  • Se debe realizar el trámite de solicitud con (8) ocho días hábiles de antelación a la fecha de inicio del evento para su aprobación, debido a que solicitudes de último momento hacen que se incrementen los costos por transporte y participación.
  • Enviar a la Vicerrectoría Administrativa y Financiera comunicación radicada de la solicitud de la capacitación que requiere con el visto bueno del jefe inmediato (aplica tanto para jefe de dependencia, como para los colaboradores adscritos a la misma), justificando la necesidad de participar en la capacitación, como aporta a las funciones que desempeña y anexando invitación o plegable con toda la información correspondiente.

Cuándo la solicitud es aprobada, debe tener en cuenta:

  • Si la capacitación requiere inscripción, viáticos y/o tiquetes, el colaborador deberá diligenciar la solicitud de comisión ingresando a: AQUI, una vez se le informe que es aprobada por el Vicerrector Administrativo y Financiero.

Una vez diligencie los datos solicitados en el formato de comisiones y envíe la misma, la solicitud debe contar con las siguientes aprobaciones:

  1. Jefe inmediato del colaborador comisionado.
  2. Rector o Vicerrector (depende de la Vicerrectoría de la cual este adscrito el colaborador).
  3. Gestión del Talento Humano.
  4. Ordenador de Gasto 

Más información relacionada con este tema, puede consultar ingresando AQUI

  • Si la capacitación solo requiere inscripción o es una capacitación virtual, se elabora una resolución de pago desde la Vicerrectoría Administrativa y Financiera, la cual es enviada a Gestión de Presupuesto, para los trámites correspondientes.

Requisitos después de la capacitación:

  • Anexar el certificado de asistencia expedido por la entidad que realizó el evento en http://app4.utp.edu.co/sigu2/ dentro de los (5) cinco días siguientes a la terminación del evento, si este generó gastos de comisión (viáticos y/o tiquetes).
  • Enviar el certificado de asistencia expedido por la entidad que realizó el evento a pati@utp.edu.co, dentro de los (5) cinco días siguientes a la terminación del evento, si este se tramitó mediante resolución.
  • Si se retira, no aprueba el programa o no legaliza en el tiempo establecido, deberá reintegrar los gastos de la comisión a la Universidad por medio de consignación o descuento por nómina.
  • Entregar en Gestión de Talento Humano copia del certificado de asistencia para archivar en su Historia Laboral.

INFORMES DE EJECUCIÓN:

 

Mayor información
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Contáctenos
pati@utp.edu.co
Teléfono: 3137210

Última actualización: Miércoles, Abril 24, 2024 11:11 AM