TÍTULO SEGUNDO: DE LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO

CAPÍTULO VIII - DEL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS Y DE LA EVALUACIÓN DEL TRABAJO DE APRENDIZAJE

ARTÍCULO 69o.:

Se entiende por Pruebas Académicas el conjunto de actividades desarrolladas, dentro o fuera del aula, que permitan evaluar el aprendizaje y el trabajo del estudiante, con sujeción a los objetivos de la asignatura.

ARTÍCULO 70o.:

Para los cursos que se desarrollan en la Universidad se realizarán las siguientes pruebas académicas:

  1. De clasificación
  2. Parciales
  3. De validación ADICIONADO MEDIANTE ACUERDO No. 5 DEL 06 DE FEBRERO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICAN LOS ARTICULOS 70,74,75,76 Y 77 DEL ACUERDO 28 DE 2003, REGLAMENTO ESTUDIANTIL
  4. Finales
  5. De habilitación MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 5 DEL 06 DE FEBRERO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICAN LOS ARTICULOS 70,74,75,76 Y 77 DEL ACUERDO 28 DE 2003, REGLAMENTO ESTUDIANTIL
  6. Supletorias
ARTÍCULO 71o.:

Se entiende por Pruebas de Clasificación aquellas que se hacen, por una sola vez a un estudiante que ingresa, en aquellas asignaturas en las cuales la Universidad desea determinar su nivel de conocimiento y su localización académica, con el propósito de acreditación.

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