Acuerdo Nº28

De 16 de diciembre de 2003

Por medio del cual se aprueba el Reglamento Estudiantil

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PEREIRA, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y,

CONSIDERANDO:

Que en reunión celebrada el día 16 de diciembre de 2003, se aprobó el Reglamento Estudiantil para la Universidad,

ACUERDA:

Reglamento Estudiantil

ARTÍCULO 71o.:

Se entiende por Pruebas de Clasificación aquellas que se hacen, por una sola vez a un estudiante que ingresa, en aquellas asignaturas en las cuales la Universidad desea determinar su nivel de conocimiento y su localización académica, con el propósito de acreditación.

ARTÍCULO 72o.:

Se entiende por Prueba Parcial aquella que se realiza individualmente para verificar el logro de los objetivos de las diferentes unidades o temas en que se divide cada asignatura. Estas no podrán ser menos de dos para cada asignatura

PARÁGRAFO 1:

Antes de la octava semana de clases deberán estar digitadas las notas de estas pruebas que por lo menos representen un treinta por ciento del porcentaje de evaluación total de la asignatura. ADICIONADO MEDIANTE ACUERDO No. 21 DEL 01 DE JULIO DE 2011 POR MEDIO DEL CUAL SE REFORMA EL REGLAMENTO ESTUDIANTIL

ARTÍCULO 73o.:

Se entiende por Prueba Final aquella que se realiza individualmente para verificar el logro de los objetivos generales de cada asignatura. Esta prueba se realizará con estricta observancia de las fechas establecidas en el calendario académico.

ARTÍCULO 74o.:

Prueba de validación. Se entiende por prueba de validación aquella que permite demostrar las competencias necesarias para dar por aprobada una asignatura, puede ser presentada por el estudiante en la Universidad, en aquellas asignaturas previamente definidas como validables por el Consejo de Facultad que las administra. Esta evaluación es autorizada por el director de la unidad académica a la cual está adscrita la asignatura. MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 25 DEL 06 DE JUNIO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA ACUERDO 05 DEL 6 DE FEBRERO DE 2018 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

PARÁGRAFO 1:

Para tener derecho a una prueba de validación de una asignatura es necesario que: a) El estudiante cumpla con los requisitos para cursarla, y b) Pague previamente los derechos pecuniarios correspondientes. MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 25 DEL 06 DE JUNIO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA ACUERDO 05 DEL 6 DE FEBRERO DE 2018 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

PARÁGRAFO 2:

Los casos especiales serán tratados y definidos por el Consejo de Facultad, previa recomendación del Comité Curricular de cada programa. MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 25 DEL 06 DE JUNIO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA ACUERDO 05 DEL 6 DE FEBRERO DE 2018 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

PARÁGRAFO 3:

Cuando un estudiante solicita la validación de una asignatura que cursó y no aprobó, podrá presentarla en el semestre inmediatamente siguiente o posterior. MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 25 DEL 06 DE JUNIO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA ACUERDO 05 DEL 6 DE FEBRERO DE 2018 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

PARÁGRAFO 4:

Solo se podrán validar las asignaturas una (1) vez, y hasta dos (2) asignaturas por semestre en el desarrollo del programa académico. MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 25 DEL 06 DE JUNIO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA ACUERDO 05 DEL 6 DE FEBRERO DE 2018 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

PARÁGRAFO 5:

No se podrán presentar pruebas de validación de asignaturas que se tengan matriculadas en el semestre. ADICIONADO MEDIANTE ACUERDO No. 25 DEL 06 DE JUNIO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA ACUERDO 05 DEL 6 DE FEBRERO DE 2018 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

ARTÍCULO 75o.:

La prueba de validación es un examen escrito, el cual podrá tener un componente de sustentación según las competencias que se deben evaluar. El examen será elaborado y evaluado por dos (2) docentes, designados por el Director de Programa, Escuela o Jefe de Departamento, todos ellos conocedores de la materia que se examina. MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 25 DEL 06 DE JUNIO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA ACUERDO 05 DEL 6 DE FEBRERO DE 2018 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

PARÁGRAFO 1:

Los programas académicos programarán las validaciones hasta la cuarta semana de clases; los estudiantes deberán solicitarlas en la primera semana de clases. MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 25 DEL 06 DE JUNIO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA ACUERDO 05 DEL 6 DE FEBRERO DE 2018 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

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