Reglamento Estudiantil

ARTÍCULO 211o.:

La rotación o subrotación no aprobada se debe repetir al final del internado para no alterar la programación.

ARTÍCULO 212o.:

Una rotación se considera reprobada con la inasistencia no justificada al diez por ciento (10%) o con el veinte por ciento (20%) de inasistencia justificada.

ARTÍCULO 213o.:

En la evaluación de los estudiantes de internado debe participar el personal docente y asistencial de cada rotación. La evaluación la puede realizar únicamente el personal asistencial cuando no hay docentes en la rotación.

CAPÍTULO III

DE LOS DERECHOS Y DEBERES

ARTÍCULO 214o.:

Además de los derechos contemplados para todos los estudiantes de pregrado, el estudiante de internado tiene los siguientes derechos:

  1. A nombrar, entre los estudiantes de internado, su representante, con el correspondiente suplente, ante el CECODA. Este representante asistirá cuando se traten asuntos de estudiantes y decisiones inherentes al internado. Para ser representante el estudiante no podrá estar bajo proceso o sanción disciplinaria
  2. A recibir tratamiento respetuoso por parte del personal administrativo, docente asistencial y compañeros
  3. A recibir una adecuada inducción antes de iniciar el internado, por parte del Coordinador de Internado, y el primer día de cada asignatura o rotación, por parte del Coordinador o Jefe de Área respectivo, acerca del programa, criterios de evaluación y sus deberes en el servicio
  4. A ser informado por el Coordinador Académico o Jefe de Área de los logros o deficiencias en su desempeño académico o personal, con el fin de estimularlo o buscar correctivos antes de finalizar la rotación
  5. A ser informado, al final de cada rotación, de su evaluación en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles
  6. A disfrutar de un período de descanso de quince (15) días calendario, de acuerdo con la programación realizada al comenzar el internado
ARTÍCULO 215o.:

Además de los deberes contemplados para todos los estudiantes de pregrado, el estudiante de internado tiene los siguientes deberes:

  1. Asistir al curso de inducción
  2. Desarrollar las actividades asistenciales y docentes programadas
  3. Acatar y cumplir los reglamentos de la Universidad y de la institución donde se desarrolle el internado o asignatura electiva, las normas de bioseguridad, la Ley 23 de 1981 (Código de ética médica), los derechos de los pacientes y el derecho internacional humanitario
  4. Efectuar los turnos presenciales programados. En caso de cambio de turno o solicitud de permisos se debe tener la aprobación escrita del coordinador o jefe de área respectiva, con copia al coordinador de internado, para efectos de la programación y comunicación según el convenio docente asistencial
Teléfono: Contacto: @utp.edu.co
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